ADELANTO DE REJA, AFP. ¿Desde cuándo y quiénes podrían retirar el 95.5% de los fondos?

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social por el Congreso de la República por unanimidad aprobó la Ley 30939 del Régimen Especial de Jubilación Anticipada para la población desempleada en el sistema privado de pensiones, AFP.

Bajo esta medida, la persona afiliada a las AFP que sea mayor a los 50 años, sea mujer u hombre, que se encuentre sin empleo, podrá solicitar el retiro de su AFP hasta el 95.5% de su fondo, sin restricción.

En opinión por los parlamentarios de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, la norma que fue debidamente socializada y consensuada con los involucrados, autorizados para realizar esta iniciativa. “Actuamos con las puertas abiertas, transparencia y pluralidad. Cuando el debate se abra en el pleno, oiremos a los congresistas que sugieran cambios en la edad o el tiempo desempleado”, indicó el congresista Daniel Oseda.

ADELANTO DE REJA AFP, PASOS PARA SEGUIR

El dictamen que modifica la Ley 30939 y que fue aprobado por unanimidad, del Régimen Especial de Jubilación Anticipada, en primer lugar, es necesario que se debata a la brevedad posible por el Pleno del Congreso.

Según analistas, teniendo en cuanta lo que se aprobó en el Parlamento, se remitirá al Poder Ejecutivo y, en el caso de que no haya objeción, deberá ser publicado en El Peruano.

ADELANTO REJA AFP, ¿CÓMO DISPONER DEL FONDO?

Una vez que la ley se oficialice, los pasos que tienes que seguir para obtener al 95.5% del fondo de tu AFP.

  • Ingresa con tu DNI indicando que tienes más de 50 años cumplidos o más, seas mujer u hombre
  • Demuestra tu condición de afiliado a una AFP.
  • Disponer de fondos en la cuenta de capitalización de tu AFP
  • Confirmar tu condición de trabajador desempleado. No importa el tiempo que estés sin laborar
  • Aguarda el mecanismo que elaborará tu AFP  para disponer del 95.5% sin restricciones

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