AFP: Conoce quiénes podrán retirar hasta S/17,200 de sus fondos.

Conoce todo lo que debes saber sobre este nuevo desembolso de las AFP.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el pasado sábado, 28 de noviembre del 2020, la Resolución N° 2979-2020 la cual permitirá a los afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hacer su solicitud para el desembolso de hasta S/17,200 de sus fondos.

Esta entidad se pronunció a través de un comunicado en el que dice:»La presente resolución SBS entrará en vigencia el 9 de diciembre del presente año, a fin de facilitar la coordinación e intercambio de información entre las entidades competentes que permitirán que el proceso para los afiliados pueda ser rápido y seguro».

La norma aprobada por el expresidente, Manuel Merino de Lama, beneficiará a diversas personas que buscan subsistir a la crisis generada por el Nuevo Coronavirus.

¿Qué requisitos debo cumplir para hacer mi solicitud de retiro?

Afiliados que en el último año no han podido aportar a su AFP

Los afiliados que se encuentren desempleados y en los últimos 12 meses no han podido realizar aportes. Por lo que podrán solicitar el desembolso de hasta S/17,200 en tres partes: la primera de S/4,300 en los próximos 30 días, la segunda parte se pagará en los próximos 30 días luego del primer retiro (también serán S/4,300), siendo en el tercer desembolso en el que se podrá cobrar lo restante (pasado 30 días del último retiro).

Afiliados con enfermedades oncológicas

Este tipo de aportantes tendrán que estar respaldados por el diagnóstico de una Institución que vele por la salud de las personas y que además se encuentren registradas en la Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud). Para ellos se puede realizar el retiro total de hasta S/17,200 en los próximos 30 días.

Afiliados que no aportaron en el mes de Octubre

Para este tipo de aportantes que han perdido su empleo y que además no registren aportes en el mes de octubre 2020, podrán retirar hasta S/4,300 pasado 30 días desde que se presentó la respectiva solicitud.

Si cumples con cualquiera de estos 3 requisitos podrás realizar la solicitud de retiro a partir del 9 de diciembre del 2020 hasta los siguientes 90 días (hasta el 9 de marzo del 2021).

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