LEY PARA LA DEVOLUCION DE APORTES A LA ONP FUE PROMULGADA POR EL CONGRESO

Por insistencia el Congreso de la República promulgó la ley que permitirá retirar un monto de hasta S/4 300 de los aportes a los que estén afiliado a la ONP. Dicha norma fue publicada el día viernes en el diario oficial El Peruano.

Con 87 votos a favor, 21 en contra y 3 abstenciones la iniciativa legislativa fue aprobada. No obstante, el Poder Ejecutivo está habilitado para poner una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Esta medida aproda establece una devolución de aportes de hasta una UIT, lo que se valoriza en S/4 300, para los afiliados, ya sea que hayan dejado o que aún sigan aportando.

La cantidad de dinero que se entregue a los trabajadores depende de la cantidad de aportes que se registre. Además, en el caso de que superen los 65 años de edad y que no hayan cumplido los 20 años de aportes tienen derecho a la devolución de sus aportes.

Este dinero será intangible, a menos que el aportante conlleve deudas alimentarias, en el caso de ser así se le descontará hasta un 30% del dinero que se haya solicitado.

El pago se dividirá en dos armadas. Cada una de media UIT. El pago de la primera armada se realizaría en los primeros 30 días después de haber presentado la solicitud. El saldo restante se entregaría 90 días después del primer depósito.

La ONP tendrá máximo 30 días par recibir cada solicitud de manera remota o presencial

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