AFP: CONSULTA ¿QUÉ SE CONOCE SOBRE LA PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA?

En el caso de que uno fallezca y esté afiliado a una AFP, el fondo podrá servir para otorgar un soporte a los familiares, esto se da a través de los beneficios del Sistema Privado de Pensiones: denominada la pensión de sobrevivencia.

CONOCE LOS DETALLES SOBRE LA PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA.

Es una pensión vitalicia que se entrega a los beneficiarios de un afiliado que haya fallecido. Estos familiares tendrán derecho a la susodicha pensión en el caso de que califiquen como beneficiarios, según las normas del Sistema Privado de Pensiones.

En el caso de que seas pensionista, tus familiares podrá acceder a la pensión desde que suceda el lamentable hecho, en el caso de que los hayas declarado estando con vida. Caso contrario, la pensión corresponderá tras recién presentar la solicitud de sobrevivencia.

El monto total se distribuirá entre los beneficiarios en porcentajes que cambiarán de acuerdo al parentesco.

¿QUIÉNES CALIFICAN COMO BENEFICIARIOS?

  • Cónyuge
  • Hijos que son menores de 18 años
  • Hijos mayores de 18 años que se hayan declarado como invalidez tota
  • Hijos mayores de 18 años que tengan estudios básicos o superiores, en un caso máximo hasta los 28 años

¿CÓMO SE DENOTA EL CAPITAL PARA LAS PENSIONES?

El fondo acumulado, el mismo que se conforma por los aportes obligatorios

Los aportes voluntarios que tengan fin previsional, y, además, su rentabilidad

El bono de reconocimiento, en el caso de que hayas calificado

Tu aporte adicional a empresas de seguros, en el caso de que te corresponda cobertura por el Seguro de Invalidez, Sobrevivencia o Gastos de Sepelio.

Es necesario recordar que, si no tienes beneficiarios tus familiares podrán recibir tu fondo mediante una herencia.

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